Preguntas y Respuestas

Preguntas

¿Necesitas ayuda?, en esta sección encontrarás una selección de las preguntas frecuentes, en caso no ubiques la que deseas por favor comunícate con nosotros

¿Se pueden embargar bienes a mi codeudor solidario?

Sí. Responde de la misma manera que el deudor principal.

¿Puedo evitar un embargo abandonando mi casa?

Podría. De igual forma, si no hay bienes embargables o se constata por el receptor judicial que el demandado no vive allí, no ocurre el embargo.

¿Puedo ir a la cárcel por deudas?

No, no hay cárcel por deudas.

¿Puedo dilatar el juicio en mi contra buscando mejores alternativas de pago?

Es una buena estrategia y es utilizada con frecuencia, siempre y cuando la defensa comience dentro de los 4 días posteriores a la notificación de la demanda. Nuestros servicios además consideran una negociación directa entre nuestro abogado y la contraparte, que en algunos casos es el mismo abogado patrocinante de la demanda.

¿Definitivamente no puedo pagar una deuda, ¿qué me puede ocurrir?

Si no se puede pagar una deuda, lamentablemente se iniciará una demanda en su contra, y como el procedimiento a seguir es un juicio ejecutivo y lo que persigue el demandante es hacer efectiva la deuda en el patrimonio del deudor, seguirán adelante la ejecución, ya que se parte de la base que hay una obligación incumplida.

¿Me pueden embargar por una deuda?

Sí, cualquier incumplimiento en el pago de algún crédito u obligación civil o comercial, habilita al acreedor para exigir su cumplimiento judicialmente.

Ha pasado mucho tiempo sin que notifiquen una demanda en mi contra por no pago de un crédito, ¿qué puede haber ocurrido? .

Lo primero, entendamos mucho tiempo como un periodo superior a un año, por el plazo de prescripción del pagaré.

Es frecuente ver que algunas demandas son presentadas, pero nunca son notificadas, porque el acreedor o el abogado demandante no autorizó poder correctamente, sin embargo lo más común ocurre cuando el demandado cambió de domicilio y no fue posible practicar la notificación.

¿Me pueden embargar por las deudas de mi esposa?

Claro que sí, sucede que independientemente que la deuda sea del o la cónyuge, el receptor igualmente procederá a embargar, primero porque esa es la dirección que aparece en la demanda y segundo porque existe una deuda.

Preguntas sobre deudas financieras y tributarias